En barrapunto.com encontramos la noticia y algunos interesantes comentarios acerca de esta nueva absolución (y van ...) a un usuario que descargo miles de películas sin autorización, sin que eso sea delito: no hay ánimo de lucro, no hay delito. Si no hubiera podido descargarlas, ¿las hubiera comprado? Así, ¿dónde está el supuesto "lucro cesante"? La SGAE aún puede recurrir a la vía civil donde hace poco consiguió la auto-inculpación de un inocente, que quiso evitar los elevados costes del proceso a seguir. Véase www.filmica.com/david_bravo/archivos/009353.html
menéame